La Cámara de Representantes aprobó el martes, el Proyecto de la Cámara 361, presentado por la representante Brenda López de Arrarás, que requiere a los desarrolladores de viviendas de interés social subsidiados por el gobierno, reservar el 5 por ciento del total de unidades construidas para uso de la población de edad avanzada o personas con alguna limitación física. “Es importante destacar que en Puerto Rico existen más de 900,000 personas con alguna limitación física y su condición no puede convertirse en obstáculo. De igual forma tenemos más de 700,000 personas con 60 años o más y debemos garantizar la coordinación de recursos y servicios para ambas poblaciones. Ellos tienen derecho a un hogar digno y seguro igual que el resto de la población”, indicó la representante en un comunicado de prensa.
La medida además ordena al Departamento de la Vivienda que prepare y radique un informe detallado al Gobernador y a la Asamblea Legislativa, sobre las acciones y esfuerzos realizados para garantizar el fiel cumplimiento de la Ley.
Lopez de Arrarás, citó la Carta de Derechos de las Personas con impedimento donde queda establecido el ambiente de tranquilidad y respeto que satisfaga sus necesidades básicas de rehabilitación, vivienda, alimentación, salud y educación dentro de un marco de inclusión social.
De otro lado, recalcó que el Censo del 2006 y la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada estimaron que de la población total de la isla, 703,076 personas tenian 60 años o más, equivalentes al 17.9 por ciento de la población. La mayoría mujeres con un 57 por ciento.
“Alrededor de un 43 por ciento de esta población de edad avanzada depende de su Seguro Social. Para este sector la necesidad de vivienda ajustada a sus necesidades y a sus ingresos es una preocupación mayor y una prioridad que estamos atendiendo con este proyecto de Ley”, argumentó.
La legisladora expuso que como parte de la medida, el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico tendrá que someter un análisis del número de viviendas aptas para ajustarse a las necesidades físicas especiales de esta población, así como el monto de las exenciones concedidas a los desarrolladores.