Por Por Ricardo Díaz / Presidente Interino PIP Humacao
El alarmante incremento en llamadas a la línea de ayuda PAS, de unas 170,000 en 2019 a 920,000 el año 2020, demuestra que los terremotos y la pandemia han tenido un impacto profundo en la sociedad. En Puerto Rico, el suicidio es la tercera causa de muerte violenta.
Desde el año 2000 hasta el mes de agosto de 2021 se han reportado un total de 6,329 muertes por suicidios en Puerto Rico, para un promedio anual de 296 suicidios y una tasa cruda promedio de 8.1 por cada 100,000 habitantes. Aproximadamente cada 29 horas hay una muerte por suicidio en la Isla. El método más utilizado en los suicidios en Puerto Rico es a través de la asfixia.
Además, aumentan las violaciones sexuales en la isla, al registrase un alza de 29.66% en los casos de violación sexual ocurridos entre el 1ro de enero y el 23 de octubre del 2021, comparado con ese período en el 2020.
En éste, el Negociado de la Policía atendió 704 casos de delitos sexuales de todo tipo, de los cuales 586 de las víctimas eran mujeres y 105 hombres, de acuerdo con los datos suministrados.
De ese total de casos atendidos, la página cibernética de la Policía refleja que hubo 74 arrestos y solamente se radicaron cargos criminales en 45 de las querellas.
Hay que realizar un estudio y un análisis comprensivo en torno a la administración, funcionamiento y operación sobre la Ley 408-2000 (Ley de Salud Mental de Puerto Rico), para identificar, de ser necesario, modificaciones que permitan que la misma actúe más ágil, a los fines de evaluar su efectividad, además de identificar y recomendar acciones legislativas y administrativas necesarias para mejorarla y garantizar a los pacientes el mejor servicio posible.
La Ley 408-2000 tiene como fines y propósitos fundamentales actualizar las necesidades de tratamiento, recuperación y rehabilitación, proteger a las poblaciones afectadas por trastornos mentales con servicios adecuados, consignar sus derechos a recibir los servicios de salud mental, incluyendo los de los menores de edad, y promover la erradicación de los prejuicios y estigmas contra la persona que padece de trastornos mentales.
Igualmente, proveer guías precisas sobre los derechos de las personas que reciben servicios de salud mental, determinar los procesos necesarios para salvaguardar los derechos que mediante esta Ley se establecen, y armonizar los cambios que han experimentado las instituciones que proveen servicios con el establecimiento de la Reforma de Salud.
Sabemos que nuestros hogares puertorriqueños han sido trastocados con problemas sociales que inciden en decisiones que, de haber tenido un apoyo, pudieran haberse evitado. La falta de apoyo en el núcleo familiar, amistades, vecinos, inclusive la falta de confianza del individuo en buscar ayuda profesional, en ocasiones lleva a la persona a tomar decisiones incorrectas o apresuradas que se pudieron haber evitado.