Alcalde de San Lorenzo anuncia Ordenanza para establecer horarios cierre de comercios

La misma va dirigida a establecer un horario de cierre, donde todos se vean beneficiados, se indicó

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Foto por Stephen Álvarez / El alcalde de San Lorenzo, Jaime Alverio Ramos.

El alcalde de San Lorenzo, Jaime Alverio Ramos, anunció que el municipio dará comienzo a un periodo de orientación a todos los comerciantes sanlorenceños sobre la nueva Ordenanza Municipal 028-2022 la cual establecerá horarios de cierre.

“Con el propósito de buscar alternativas para la tranquilidad de nuestros residentes y que los negocios no se vean afectados, hemos establecido una Ordenanza Municipal la cual entrará en vigor el 1 de agosto de 2022 y la cual busca llegar a un consenso dentro de un horario prudente y mantener un ambiente ordenado donde tanto los visitantes que acuden a los comercios puedan hacerlo, así como los sanlorenceños logren serenidad en sus residencias. Este próximo miércoles, 1 de junio hasta el 30 de julio entraremos en un periodo de orientación a todos los comercios para dejarles sobre la misma”, sostuvo el Primer Ejecutivo.

La Ordenanza va dirigida a establecer un horario de cierre, donde todos se vean beneficiados. Además, con dicha medida se pretende ofrecer seguridad y protección dentro de toda la jurisdicción del municipio de San Lorenzo.

“Todo establecimiento comercial en la cual se venda y se despache al detal cualquier producto, incluyendo, pero sin limitarse a bebidas alcohólicas y toda clase de alimentos estará en la obligación de concluir sus operaciones según se dispone en la Ordenanza”, explicó Alverio Ramos.

A tales efectos se establecerá los siguientes horarios de cierre: domingo a jueves de 11:00 p.m a 5:00 a.m. y los viernes y sábados de 1:00 a.m. a 5:00 a.m., así como la noche antes del día feriado el cierre sería de 1:00 a.m. a 5:00 a.m.  Los comercios con música en vivo o no en vivo deberán culminar la misma una hora antes del cierre del establecimiento.

Como parte del proceso y de violar las disposiciones de la Ordenanza, las multas que podría enfrentar el comercio luego de entrar en vigor la misma serán las siguientes: primera violación – $1 mil, una segunda sería de $3 mil y una tercera o subsiguientes $5 mil.

Cabe señalar, que todo establecimiento que permita o fomente que en sus facilidades se mantengan aglomeraciones en el exterior de este, entiéndase cuatro personas o más, transcurrida la hora de cierre, incurrirá en violación a la Ordenanza y estará sujeto a la imposición de multas.