Representantes sostienen que el Secretario de Hacienda no tiene facultad legal para autorizar video lotería

0
490

Los representantes populares Carlos J. Vargas Ferrer y Ángel Matos García presentaron la Resolución Concurrente de la Cámara 58,
rechazando enérgicamente que el Secretario de Hacienda tenga la facultad legal para autorizar e implantar la vídeo lotería, mediante reglamentos, y que al así pretenderlo, puede interpretarse como un acto de usurpación del poder constitucional, exclusivamente, reservado a la Asamblea Legislativa de legislar y  formular la política pública en Puerto Rico.“Del historial legislativo de la Ley para Autorizar el Sistema de Lotería Adicional aprobada en el 1989, no se desprende que la Asamblea Legislativa le haya dado la facultad legal al Secretario de Hacienda para aprobar, establecer y reglamentar sistema de vídeo loterías como los propuestos en los reglamentos que radicó en ambos cuerpos legislativos. La intención clara e inequívoca de la Asamblea Legislativa fue autorizar al Secretario de Hacienda a establecer y regular juegos de lotería donde el jugador pueda escoger números o dígitos y las enmiendas se apartan totalmente de esa intención legislativa. Pretende insertar por fíat reglamentario una serie de juegos que dependen de un generador de jugadas al azar determinados por programas, equipos o combinación de ambos específicamente diseñados para
generar valores aleatorios que no depende de la selección del jugador,” puntualizó el representante Vargas Ferrer.
Actualmente, está ante la consideración de la Cámara y el Senado varias enmiendas al Reglamento Operacional de la Lotería Adicional y al Reglamento de Vendedores de Jugadas de la Lotería Adicional radicadas por el Secretario de Hacienda el lunes, 4 de mayo de 2015, y según la Ley para Autorizar el Sistema de Adicional la Asamblea Legislativa tiene 60 días luego de radicadas para decir si las desaprueba.  De no expresarse, se entenderán aprobadas y le daría carta blanca al Secretario para autorizar la vídeo lotería.  Pero, de acuerdo con el dúo de legisladores, el Secretario no tiene esa facultad legal para hacerlo mediante un reglamento.
“Luego de una evaluación exhaustiva a las enmiendas sometidas por el Secretario de Hacienda, estoy convencido que el único paso legalmente correcto es desaprobar las enmiendas sugeridas en ambos reglamentos a tenor con el poder delegado en la Constitución  a la Asamblea Legislativa en el Artículo III, en particular la Sección 17, en la que expresamente se dispone que todo asunto para imponer rentas tiene que originarse como proyecto de ley ante la Cámara de Representantes.  Siendo las enmiendas propuestas unas medidas para obtener recaudos, como han expresado varios miembros del Poder Ejecutivo, tiene que estar precedido por acción legislativa,”  sostuvo el representante Matos García.
A juicio del representante Vargas Ferrer la Asamblea Legislativa tiene que velar celosamente que los poderes constitucionales delegados por el Pueblo no se circunvalen y mediante fíat reglamentario se imponga una política pública sin su intervención directa.
Por su parte, Matos García resalta que en la Asamblea Legislativa es donde debe evaluarse toda propuesta relacionada con la creación de un nuevo sistema de vídeo lotería, al igual que medir el impacto social y económico de un sistema como este que producirá consecuencias de tanta importancia e impacto en el desarrollo de nuestro Pueblo mediante un estudio cabal yprofundo.
Esta no es la primera vez que se intenta introducir un sistema de vídeo lotería en Puerto Rico. Tan reciente como en el 2007, se derrotó el
Proyecto de la Cámara 3411 que proponía un sistema similar.  En el 2009, el Senado de Puerto Rico aprobó la Resolución 762 repudiando la vídeo-lotería como política pública y específicamente rechazó que el Secretario de Hacienda tuviera facultad de autorizarla mediante reglamento, como lo solicita ahora.