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Entrará en vigor nuevo reglamento de condominios

Entraría en vigencia en junio de este año

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Archivo / "El propósito principal del nuevo reglamento es proveer mecanismos que permitan acelerar ciertos procesos y, con ello brindar mayores protecciones a los titulares", recalcó el secretario de DACO, Edan Rivera Rodríguez.

Lineamientos concretos para el trámite expedito de ciertos tipos de controversias bajo la Ley de Condominios son el mayor aporte que el nuevo Reglamento de Condominios del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) estaría brindando a las comunidades de titulares.

Así lo reseñó el secretario, Edan Rivera Rodríguez, quien adelantó que la nueva reglamentación entraría en vigor en junio de este año.

“El propósito principal del nuevo reglamento es proveer mecanismos que permitan acelerar ciertos procesos y, con ello brindar mayores protecciones a los titulares”, recalcó Rivera Rodríguez.

“Las nuevas reglas promueven la atención expedita de controversias que hemos identificado como las más reiteradas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, al menos en lo que respecta al tipo de querellas que se presentan y puede atender el DACO”, precisó el secretario.

El recientemente aprobado Reglamento de Condominios provee para la resolución expedita de tres asuntos: 1) solicitudes de documentos a la Junta que no se hubiesen contestado; 2) falta de celebración de asambleas dentro de los términos dispuestos por ley; y 3) peticiones de evaluación de planes de pago ante la posibilidad de cortes de servicio por deudas con el Consejo.

En la medida que el titular presente prueba en respaldo de sus alegaciones, los tres asuntos que se estarían atendiendo de modo expedito bajo el nuevo Reglamento podrían resolverse sin la necesidad de celebración de una vista administrativa, y en un término menor a un mes.

“Nos hemos mantenido en conversaciones constantes con titulares y asociaciones de titulares, a fin de poder entender las diferentes problemáticas que, bajo la nueva Ley de Condominios, se están dando actualmente en estas comunidades”, afirmó Rivera Rodríguez.

Otro asunto atendido por esta reglamentación es la flexibilización del proceso para la designación de un síndico cuando no se puedan establecer acuerdos en torno a la elección de una Junta de Directores, o de un director.

“Existen otros temas en torno a los cuales los titulares nos han expresado su preocupación. No obstante, por tratarse de asuntos expresamente dispuestos por ley, como agencia nos hallamos impedidos de intervenir con el criterio del legislador”, añadió el secretario.

“En relación a estos asuntos, en la medida que la Legislatura pondere los mismos, el DACO respaldará toda enmienda que pueda obrar en beneficio de los titulares”, indicó Rivera Rodríguez.

El Reglamento de Condominios del DACO se encuentra disponible, para revisión, en la página de Internet www.daco.pr.gov.

Cualquier duda en torno a las nuevas disposiciones podrán referirse al correo electrónico reglamentocondominios@daco.pr.gov.

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